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Solicitud de Visa de Inmigración de EE.UU.

Solicitar Visa de Inmigración de EE.UU.

Guía Completa para Solicitudes de Visa de Inmigración de EE.UU.

Quiero viajar a Estados Unidos SIN solicitar una visa de turista para visitar EE.UU.

¿Soy ciudadano de uno de los 38 países a continuación y quiero entrar a Estados Unidos SOLO para turismo a través del Programa de Exención de Visa?

Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, República de Malta, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Corea del Sur, España, Suecia, Suiza, Reino Unido

Este sitio web de ESTA de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos lo guiará a través del proceso. Tenga en cuenta: SOLO un abogado licenciado puede proporcionar asesoramiento legal con respecto a cualquier pregunta o problema que surja al completar o enviar la solicitud para el Programa de Exención de Visa.

Preguntas frecuentes de ESTA y Programa de Exención de Visa Preguntas Frecuentes.

*La lista del Departamento de Estado de países con exención de visa está sujeta a cambios en cualquier momento.

Visas de Trabajo de EE.UU.

Estados Unidos da la bienvenida a miles de trabajadores extranjeros en múltiples ocupaciones o categorías de empleo cada año. Estos incluyen artistas, investigadores, participantes de intercambio cultural, especialistas en tecnología de la información, trabajadores religiosos, inversionistas, científicos, atletas, enfermeras, trabajadores agrícolas y otros. Todos los trabajadores extranjeros deben obtener permiso para trabajar legalmente en Estados Unidos. Cada categoría de empleo para admisión tiene diferentes requisitos, condiciones y períodos autorizados de estadía. Es importante que se adhiera a los términos de su solicitud o petición para admisión y visa. Cualquier violación puede resultar en remoción o denegación de reingreso a Estados Unidos.

Trabajador Temporal (No Inmigrante)

Un trabajador temporal es un individuo que busca entrar a Estados Unidos temporalmente para un propósito específico. Los no inmigrantes entran a Estados Unidos por un período temporal, y una vez en Estados Unidos, están restringidos a la actividad o razón por la cual se emitió su visa de no inmigrante.

Trabajador Permanente (Inmigrante)

Un trabajador permanente es un individuo que está autorizado a vivir y trabajar permanentemente en Estados Unidos.

Estudiantes y Visitantes de Intercambio

Los estudiantes y visitantes de intercambio pueden, bajo ciertas circunstancias, tener permitido trabajar en Estados Unidos. Deben obtener permiso de un funcionario autorizado en su escuela. El funcionario autorizado se conoce como Funcionario Escolar Designado (DSO) para estudiantes y el Funcionario Responsable (RO) para visitantes de intercambio.

Información para Empleadores y Empleados

Los empleadores deben verificar que un individuo al que planean emplear o continuar empleando en Estados Unidos esté autorizado a aceptar empleo en Estados Unidos. Individuos, como aquellos que han sido admitidos como residentes permanentes, que recibieron asilo o estatus de refugiado, o admitidos en clasificaciones de no inmigrante relacionadas con trabajo, pueden tener autorización de empleo como resultado directo de su estatus migratorio. Otros extranjeros pueden necesitar solicitar individualmente autorización de empleo.

Visitantes Temporales para Negocios

Para visitar Estados Unidos con fines comerciales necesitará obtener una visa como visitante temporal para negocios (visa B-1), a menos que califique para admisión sin visa bajo el Programa de Exención de Visa.

Quiero trabajar, estudiar o vivir en Estados Unidos...

A veces se requiere lo siguiente antes de solicitar una visa en una Embajada o Consulado de EE.UU.:

  • DOL = El empleador de EE.UU. debe obtener certificación de trabajo extranjero del Departamento de Trabajo de EE.UU., antes de presentar una petición con USCIS.
  • USCIS = DHS, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) aprobación de una petición o solicitud (La petición o solicitud requerida depende de la categoría de visa para la que planea solicitar.)
  • SEVIS = Aprobación del programa ingresada en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS)
  • (NA) = No Aplicable – Significa que no se requiere aprobación adicional por otras agencias gubernamentales antes de solicitar una visa en la Embajada o Consulado de EE.UU. en el extranjero.

Notas:

  • Trabajadores profesionales canadienses NAFTA - No se requiere visa, solicite en el Consulado de EE.UU. o en el puerto de entrada. Es aconsejable solicitar en el puerto de entrada en un día de semana y en un momento durante el cual su empleador pueda verificar su empleo futuro cuando CBP llame para preguntar.
  • Las visas K son para el propósito de casarse con un ciudadano de EE.UU. e inmigrar o unirse a un cónyuge ciudadano de EE.UU. en Estados Unidos mientras espera la aprobación de USCIS del Formulario I-130 para estatus de inmigrante. Visite la sección de visa de inmigrante de este sitio web para información sobre visas K-1 y K-3.

Aquí hay algunas visas típicas y lo que hacemos antes de solicitar su visa:

Propósito de Viaje a EE.UU. — Tipo de Visa — Prerrequisito para la Visa* Atletas, amateur y profesional (compiten solo por dinero del premio) B-1 (N/A) Au pairs (visitante de intercambio) —J— SEVIS Especialidad profesional australiana E-3 DOL Tarjeta de Cruce Fronterizo: México BCC (N/A) Visitantes de negocios B-1 (N/A) Tripulantes —D— (N/A) Diplomáticos y funcionarios del gobierno extranjero —A— (N/A) Empleados domésticos o niñera –debe acompañar a un empleador nacional extranjero B-1 (N/A) Empleados de una organización internacional designada, y OTAN G1-G5, OTAN (N/A) Visitantes de intercambio —J— SEVIS Personal militar extranjero estacionado en EE.UU. A-2 o OTAN1-6 (N/A) Nacionales extranjeros con habilidad extraordinaria en: Ciencias, Artes, Educación, Negocios o Atletismo —O— USCIS Profesionales de Acuerdo de Libre Comercio (TLC): Chile — H-1B1 — DOL Singapur — H-1B1 — DOL Visitantes de intercambio cultural internacional —Q— USCIS Transferidos intracompañía —L— USCIS Tratamiento médico, visitantes para B-2 (N/A) Medios, periodistas —I— (N/A) Trabajadores profesionales NAFTA: México, Canadá TN/TD (N/A) Atletas, artistas, animadores actuantes —P— USCIS Médico —J, H-1B —SEVIS Profesor, académico, maestro (visitante de intercambio) —J— SEVIS Trabajadores religiosos —R— USCIS Ocupaciones especializadas en campos que requieren conocimiento altamente especializado H-1B —DOL luego USCIS Estudiantes: académico, vocacional— F o M— SEVIS Trabajadores agrícolas temporales H-2A — DOL luego USCIS Trabajadores temporales que realizan otros servicios o trabajo de naturaleza temporal o estacional. H-2B —DOL luego USCIS Turismo, vacaciones, visitantes de placer — B-2 — (N/A) Entrenamiento en un programa no principalmente para empleo — H-3 —USCIS Comerciantes de tratado/inversionistas de tratado —E— (N/A) En tránsito por Estados Unidos —C— (N/A) Víctimas de Actividad Criminal — U —USCIS Víctimas de Tráfico Humano —T— USCIS Renovaciones de Visa – Disponibles en EE.UU. (N/A)

Avisos Importantes:

1. Este cuadro incluye visas de no inmigrante y el propósito asociado de viaje. Sin embargo, debe notarse que este cuadro no es una lista completa de todos los propósitos de viaje o tipos de visas de no inmigrante. Cada solicitante de visa debe cumplir con los requisitos de elegibilidad para el tipo de visa para el cual está solicitando, según determine el funcionario consular en la Embajada o Consulado de EE.UU., siguiendo las leyes de inmigración de EE.UU. Solicitar una visa no garantiza la emisión de la visa.

2. El Departamento de Justicia de EE.UU. envía registros de TODOS los arrestos, TODOS los cargos, y TODAS las condenas de TODAS las personas en Estados Unidos de América al Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU., y al Departamento de Estado de EE.UU. Esto significa que su historial criminal (independientemente de si fue desestimado y eliminado) aparecerá cada vez que solicite una visa, solicite un beneficio de inmigración, o entre a Estados Unidos. Esta base de datos cubre registros desde los años 1940 hasta el presente.

A continuación encontrará una lista más larga de Visas de Inmigrante y Visas de No Inmigrante:

Tipo de Visa y Quién Puede Solicitar

A-1 Funcionarios del gobierno extranjero y familias: embajadores, ministros públicos, diplomáticos de carrera, o funcionarios consulares A-2 Funcionarios del gobierno extranjero y familias: otros funcionarios o empleados del gobierno extranjero A-3 Funcionarios del gobierno extranjero y familias: asistentes, sirvientes, o empleados personales de las clases A-1 y A-2 B-1 No inmigrante Visitantes temporales: para negocios B-2 No inmigrante Visitantes temporales: para placer BCC No inmigrante Ciudadanos mexicanos tarjeta de cruce fronterizo y visa B1/B2 C-1 No inmigrante Extranjeros en tránsito: extranjeros en tránsito C-2 No inmigrante Extranjeros en tránsito: extranjeros en tránsito a las Naciones Unidas C-3 No inmigrante Extranjeros en tránsito: funcionarios del gobierno extranjero y familias en tránsito Presencia Continuada (CP) Temporal Emitida por autoridades federales a víctimas de crimen cooperando activamente en una investigación o enjuiciamiento de un crimen federal Extranjeros en tránsito: extranjeros en tránsito a las Naciones Unidas DV-1 Inmigrante Visa de diversidad: ganador de lotería DV-2 Inmigrante Visa de diversidad: cónyuges e hijos E-1 Comerciantes de tratado e inversionistas: comerciantes de tratado E-2 Comerciantes de tratado e inversionistas: inversionistas de tratado E-3 Comerciantes de tratado e inversionistas: Acuerdo de Libre Comercio de Australia EB-5 Inmigrante Inversionistas inmigrantes F-1 No inmigrante Estudiantes y visitantes de intercambio: estudiantes académicos F-2 No inmigrante Estudiantes y visitantes de intercambio: cónyuges e hijos de estudiantes académicos F-3 No inmigrante Estudiantes y visitantes de intercambio: estudiantes académicos viajeros nacionales canadienses o mexicanos G-1 Representantes a organizaciones internacionales y familias: principales de gobiernos extranjeros reconocidos G-2 Representantes a organizaciones internacionales y familias: otros representantes de gobiernos extranjeros reconocidos G-3 Representantes a organizaciones internacionales y familias: representantes de gobiernos extranjeros no reconocidos o no miembros G-4 Representantes a organizaciones internacionales y familias: funcionarios u empleados de organizaciones internacionales G-5 Asistentes, sirvientes o empleados personales de representantes GB Visitantes temporales: para negocios, exención de visa, Guam GT Visitantes temporales: para placer, exención de visa, Guam H-1B Doble intención Trabajadores temporales y aprendices: ocupaciones especializadas H-1B1 Doble intención Trabajadores temporales y aprendices: Acuerdo de Libre Comercio de Chile y Singapur H-1C Doble intención Trabajadores temporales y aprendices: enfermeras registradas participando en el Alivio de Enfermería para Áreas Desfavorecidas H-2A Trabajadores temporales y aprendices: trabajadores agrícolas estacionales H-2B Trabajadores temporales y aprendices: trabajadores no agrícolas estacionales H-3 Trabajadores temporales y aprendices: aprendices industriales H-4 Doble intención Trabajadores temporales y aprendices: cónyuges e hijos de trabajadores H-1, H-2, y H-3 I-1 Representantes de medios de información extranjeros y familias IH-3 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Huérfano residente en un país que es parte de la Convención de La Haya sobre Protección de Niños y Cooperación en Respecto a Adopción Intercountry ("país de La Haya") y adoptado por ciudadanos de EE.UU., cuya adopción fue finalizada fuera de EE.UU. IH-4 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Huérfano residente en un país de La Haya cuya adopción por un ciudadano de EE.UU. será finalizada en la jurisdicción de origen del ciudadano. IR-1 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Cónyuge de un ciudadano de EE.UU. Esta visa se llama CR-1 (por residente condicional) si el matrimonio tiene menos de 2 años al momento de la solicitud. La visa CR-1 debe tener su condicionalidad "removida" dos años después del ingreso en un proceso separado. IR-2 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Hijo soltero, menor de 21 años, de un ciudadano de EE.UU. IR-3 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Huérfano residente en un país no de La Haya adoptado por ciudadanos de EE.UU., cuya adopción fue finalizada fuera de EE.UU. Nota: Para que se emita una visa IR-3, las regulaciones de EE.UU. requieren que ambos padres adoptivos participen en la adopción en el extranjero y realmente se encuentren con el niño en el país de origen del niño. Si solo un padre viaja para recoger al niño, al niño se le emitirá una visa IR-4 en su lugar. IR-4 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Huérfano residente en un país no de La Haya cuya adopción por un ciudadano de EE.UU. será finalizada en la jurisdicción de origen del ciudadano. IR-5 Inmigrante Pariente inmediato de ciudadano de EE.UU.: Padre de un ciudadano de EE.UU.; el ciudadano debe tener al menos 21 años. J-1 No inmigrante Estudiantes y visitantes de intercambio: visitantes de intercambio J-2 No inmigrante Estudiantes y visitantes de intercambio: cónyuges e hijos de visitantes de intercambio K-1 Doble intención Ley LIFE: prometidos/prometidas de ciudadanos de EE.UU. K-2 Doble intención Ley LIFE: hijos de prometidos/prometidas de ciudadanos de EE.UU. K-3 Doble intención Ley LIFE: cónyuges de ciudadanos de EE.UU., visa pendiente K-4 Doble intención Ley LIFE: hijos de ciudadano de EE.UU., visa pendiente L-1 Doble intención Transferidos intracompañía: principales L-2 Doble intención Transferidos intracompañía: cónyuges e hijos de transferidos intracompañía M-1 Estudiantes y visitantes de intercambio: estudiantes vocacionales M-2 Estudiantes y visitantes de intercambio: cónyuges e hijos de estudiantes vocacionales M-3 Estudiantes vocacionales viajeros nacionales canadienses o mexicanos N-1 a N-6 Funcionarios de la OTAN y familias N-8 y N-9 Parientes inmediatos de ciertos inmigrantes especiales SK-3 O-1 Trabajadores temporales y aprendices: habilidad o logro extraordinario O-2 Trabajadores temporales y aprendices: acompañando y asistiendo en el desempeño de trabajadores O-1 O-3 Trabajadores temporales y aprendices: cónyuges e hijos de trabajadores O-1 y O-2 P-1 Trabajadores temporales y aprendices: atletas o animadores reconocidos internacionalmente P-2 Trabajadores temporales y aprendices: artistas o animadores en programas de intercambio recíproco P-3 Trabajadores temporales y aprendices: artistas o animadores en programas culturalmente únicos P-4 Trabajadores temporales y aprendices: cónyuges e hijos de trabajadores P-1, P-2, y P-3 Q-1 Trabajadores temporales y aprendices: trabajadores en programas de intercambio cultural internacional R-1 Trabajadores temporales y aprendices: trabajadores en ocupaciones religiosas R-2 Trabajadores temporales y aprendices: cónyuges e hijos de trabajadores R-1 Visa S [dos tipos: S-5/ S-6] Extranjeros Asistiendo a Autoridades Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS) Niños calificados presentes en EE.UU. que son declarados dependientes de un tribunal juvenil y que serían dañados si regresaran a su país de origen T-1 Víctimas de tráfico humano T-2 Víctimas de tráfico humano: cónyuge de víctima T-3 Víctimas de tráfico humano: hijos de víctima T-4 Víctimas de tráfico humano: padres de víctima que son niños TD Trabajadores temporales y aprendices: cónyuges e hijos de trabajadores NAFTA TN Trabajadores temporales y aprendices: trabajadores profesionales NAFTA U-1 Víctimas de actividad criminal calificada, como violación, asesinato, homicidio involuntario, abuso infantil, violencia doméstica, asalto sexual, y/o tráfico humano U-2 Víctimas de actividad criminal calificada: cónyuge de víctima U-3 Víctimas de actividad criminal calificada: hijos de víctima U-4 Víctimas de actividad criminal calificada: padres de víctima que son niños U-5 Víctimas de actividad criminal calificada: hermanos (de edad menor) de víctima que son niños V-1 Ley LIFE: cónyuges de residentes permanentes, visa pendiente V-2 Ley LIFE: hijos de residentes permanentes, visa pendiente V-3 Ley LIFE: dependientes de V-1 y V-2, visa pendiente WB Visitantes temporales: exención de visa, negocios WT Visitantes temporales: exención de visa, placer

La información proporcionada en este sitio web no es asesoramiento legal y no es una garantía de que usted o su familia recibirán cualquiera de las visas mencionadas anteriormente. Las autoridades de inmigración tienen requisitos para solicitantes de visa y estos requisitos se vuelven complicados cuando comienza a profundizar en la superficie. Por favor contacte a Law Office of George C. Lobb antes de cometer el error de solicitar una visa sin la orientación y conocimiento apropiados.

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The Huffington Post
The Intercept
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